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FINIQUITO LABORAL

La Dirección del Trabajo, actuando como Ministro de Fe, ha puesto a disposición de los empleadores el denominado “Finiquito Laboral Electrónico” a través de la plataforma web “Portal MI DT” donde podrá certificarse no solo la identidad y el acuerdo existente entre las partes, sino que, además, que el pago de las obligaciones pendientes se haya realizado efectivamente.


En el evento que el Finiquito contemple el pago de haberes adeudados, éste será gestionado por la Tesorería General de la República, sin posibilidad de fraccionamiento o cuotas.


El sistema de Finiquito Laboral Electrónico sólo aplica a trabajadores contratados a partir del 01 de enero de 2011.


Consideraciones generales.


En la carta de aviso de término del contrato de trabajo, enviada por el empleador al trabajador, se deberá informar al trabajador:

● Forma en que se otorgará y pagará el finiquito, que podrá ser presencial o electrónicamente;

● El carácter voluntario y facultativo de aceptar por parte del trabajador la firma del Finiquito y recibir el pago en forma electrónica, pudiendo siempre optar por la alternativa presencial;

● Posibilidad de realizar reserva de acciones al momento de suscribir el finiquito.


Atendido el carácter voluntario y facultativo, el trabajador podrá rechazar la modalidad del finiquito laboral electrónico ofrecido por el empleador en la carta de término de contrato, caso en el cual el empleador estará obligado a poner el finiquito a disposición del trabajador en forma presencial, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador, o si dicho plazo ya hubiere expirado, dentro de los 3 días hábiles siguientes a que el trabajador hubiere rechazado el finiquito laboral electrónico.


El finiquito laboral electrónico otorgado por el empleador de conformidad con las exigencias legales y suscrito electrónicamente por el trabajador en la página web de la Dirección del Trabajo, se considerará para todos le efectos legales que ha sido ratificado ante la Inspección del Trabajo.


¿Cómo funciona el Finiquito Laboral Electrónico?

Para que el finiquito digital sea legalizado a través de la plataforma, en primera instancia el empleador deberá ingresar al sitio MI DT y registrar a sus representantes laborales, quienes podrán realizar una propuesta que incluya el monto a pagar, obligaciones y otras determinaciones que correspondan.


Luego, la información entregada por los representantes laborales será revisada por funcionarios de la Dirección del Trabajo, junto a las cotizaciones provisionales del colaborador.


Tras cumplir este proceso, el trabajador podrá ingresar a la plataforma MI DT con su Clave Única para revisar el documento de propuesta y definir si lo aprueba o quiere realizar observaciones, las que también serán consultadas por la DT.


Finalmente, si la propuesta es aprobada, el empleador deberá realizar el pago acordado a través del sitio web de la Tesorería General de la República, la que gestionará la entrega del dinero al trabajador e informará a la Dirección del Trabajo. De esta manera, se generará el documento digital legalizado.

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